La hora del gatillo judicial y la idiosincrasia represiva

El 2023 será recordado por las familias víctimas de la represión estatal como el año donde se están llevando a cabo la mayor cantidad de juicios por “gatillo fácil” del que se tenga registro. A pesar de un tímido “despertar” del poder judicial en este tipo de causas, los procesos, lógicas, palabras, hechos y sentencias dentro de Tribunales siguen con la gorra puesta. Analizamos la actuación judicial en los cuatros juicios con la abogada defensora de los DDHH Victoria Sillof.
Foto: JCC/Enfant Terrible

“El 2023 es un año histórico en materia de juicios por 'gatillo fácil', nunca antes habían sido juzgados tantos policías por asesinar, encubrir y mentir” afirman desde la Coordinadora de Familiares de Víctimas de Gatillo Fácil en un comunicado en su perfil de Instagram, donde se convoca a la 9º Marcha Contra el Gatillo Fácil para hoy lunes 28/08, a las 17 horas desde Colón y General Paz.

Desde el espacio celebran que el Poder Judicial juzgue asesinatos a manos de policías porque lo entienden como un “logro de tantos años de lucha, organización y presión popular que consiguió visibilizar los casos e imponer la demanda de justicia”.

Asimismo, las familiares denuncian que “muchas causas son cerradas, hay fallos injustos, condenas insuficientes, maltrato y violencia por parte del Poder Judicial. Y, además, cada año seguimos sumando nombres a la lista de personas asesinadas por el Estado”.

A continuación hacemos un repaso generalizado de los procesos judiciales y las sentencias que dejaron los cuatro juicios de gatillo fácil juzgados en este 2023: Blas Correa, Isaías Luna, Damián Pérez y Joaquín Paredes.

Un “error” en la norma

A mediados de 2022 comenzó el juicio por el asesinato de Blas Correa (18) y su posterior encubrimiento en agosto de 2020, un proceso judicial que llegó a tener 17 agentes de la Policía de Córdoba imputados.

Por un lado, el caso “Blas” despertó la empatía y quitó -por momentos- el histórico sesgo clasista de los estratos sociales medios-altos y altos cordobeses, con respecto a una política de Estado que en Córdoba es sistemática y tiene a las juventudes racializadas y populares como sus principales objetivos. Por otro lado, apuró a un Poder Judicial acosado por la prensa hegemónica que, por primera vez, no ponía la lupa en la víctima y sí en sus victimarios.

Gómez y Alarcón. Foto: JCC/Enfant Terrible.

Luego de meses de audiencias, en abril del corriente año la Cámara 8° del Crimen de la Ciudad de Córdoba (a cargo de los jueces Marcelo Jaime, Juan Manuel Ugarte y Eugenio Pérez junto a un jurado popular) condenó a Lucas Damián Gómez y Javier Catriel Alarcón a prisión perpetua por el delito de homicidio calificado por ser integrantes de la Policía y agravado por el uso de arma de fuego más tentativa de homicidio. Además, otros 9 policías fueron condenados a penas de entre 4 y 5 años de prisión por los delitos de encubrimiento y abandono de persona, mientras que otros dos uniformados fueron absueltos.

El juicio tuvo sus ribetes históricos ya que en las distintas audiencias se evidenciaron las (siempre negadas) responsabilidades políticas, por lo que el Tribunal solicitó que se investigue al exministro de Seguridad, Alfonso Mosquera, al exsubsecretario de Coordinación y Planificación Estratégica del Ministerio de Seguridad de Córdoba, Lucas Mezzano, a la jefa de la Policía Liliana Zárate de Belletti y al excomisario Gonzalo Cumplido. Sin embargo, la causa sigue sin investigarse.

Por otro lado, Blas, sus amigxs y familiares fueron considerados expresamente como víctimas de violencia institucional, algo novedoso en estos casos.

Familiares de Blas en Tribunales Provinciales II. Foto: Julio Pereyra/Enfant Terrible.

El otro juicio

Al mismo tiempo que se desarrollaba el juicio de Blas, llegaba a su fin el “otro juicio”:

Sin las cámaras de la televisión ni la atención de la dirigencia política local, la Cámara 5° del Crimen de la Ciudad juzgó el pasado marzo el asesinato de Isaías Luna (21) a manos del oficial Ariel Adavid en Barrio Urca en noviembre de 2020, quien lo ultimó de un disparo en la cabeza cuando el joven se encontraba desarmado, de espaldas y en cuclillas en el comedor de una propiedad privada, según lo confirmó la propia investigación.

Los jueces de la Cámara junto a un jurado popular condenaron a Adavid a un año y seis meses de prisión condicional por homicidio en exceso de la legítima defensa, generando la segunda condena por asesinato policial en contexto de robo en toda la historia de Córdoba, un hecho histórico opacado por las irrisorias penas. Los otros seis oficiales fueron juzgados y condenados a dos y tres años de prisión condicional por encubrimiento agravado y falso testimonio. En esta oportunidad, el Tribunal entendió que no hubo “violencia institucional” ni dirigió nuevas investigaciones sobre las responsabilidades políticas.

La querella se quejó del fallo alegando que no existió “legítima defensa” debido a que Isaías no suponía un peligro para la vida del oficial que lo ejecutó.

Segunda oportunidad desaprovechada

Meses después se llevó a cabo el segundo juicio en el caso “Damián Pérez”, joven cordobés de Barrio Bella Vista herido de gravedad por la el agente de la Policía de Córdoba Mariano Andrés Martínez, en el año 2014. Pérez quedó hemipléjico hasta marzo del 2022, cuando finalmente falleció luego de intentar recomponer su salud durante ocho años, tal como lo pudo comprobar la ignorada pericia médica.

Dos años atrás, el Juez Daniel Ferrer Vieyra absolvió en sala unipersonal al policía que disparó contra Damián y la defensa de la familia presentó un recurso de Casación que fue admitido por el Supremo Tribunal de Justicia (TSJ). En 2021, el máximo tribunal provincial dejó sin efecto la absolución y ordenó la elevación a juicio.

Foto: Rodri Savoretti/Enfant Terrible. Juicio de Damián Pérez en Tribunales II.

Luego de varias audiencias, la Cámara 11º del Crimen junto al jurado popular resolvieron condenar a Martínez por el delito de lesiones gravísimas con dolo eventual, agravadas por el uso de arma de fuego y por abuso funcional a 4 años de prisión en suspenso e inhabilitación especial, hasta que el TSJ deje la condena firme. Por otro lado, el Tribunal provincial reconoció que la Policía plantó un arma en la escena del crimen, ordenó a la provincia indemnizar al acusado y declaró a Pérez como “víctima de violencia institucional”.

A su vez, se declaró la falsedad ideológica del acta de inspección ocular y secuestro labrada por el Comisario Rodolfo Ayala, quien permitió que se plantara un revólver 38 con dos balas en la escena del crimen, con el fin de justificar el ilegítimo accionar de Martínez.

Desde la querella quedaron disconformes con la pena, ya que entienden que la condena no se corresponde con el resultado de las pericias médicas oficiales, donde se acreditó el vínculo de causalidad entre la herida recibida por Damián en julio de 2014 y su fallecimiento en marzo del 2022.

La manzana podrida enjuiciada

A mediados del corriente mes se llevó a cabo el juicio por el asesinato de Joaquín Paredes y las heridas provocadas en otros jóvenes sobrevivientes a la represión estatal ocurrida en la comuna de Paso Viejo, el 25 de octubre de 2020.

Los Tribunales de la ciudad de Cruz del Eje y precisamente la Cámara Criminal y Correccional integrada por los jueces Ángel Francisco Andreu, Ricardo Arístides Py, Javier Rojo y el jurado popular, condenaron solo al oficial Maikel López por homicidio agravado por el uso de arma de fuego, más coautor de lesiones graves agravadas por el uso de arma de fuego en concurso real.

El resto de los cinco oficiales implicados quedaron absueltos pese a estar comprobada su actuación criminal y en equipo en la carga probatoria recabada en la investigación de la fiscal Pochettino, quien exigía la misma condena para el conjunto de los uniformados, al igual que la querella. Además, el Tribunal no dió lugar al pedido de la defensa para que Joaquín, sus amigos y familia, fueran entendidxs como víctimas de “violencia institucional”.

Encontrar las diferencias en la “Justicia” del Estado

En los cuatro juicios se juzgaron hechos similares: policías asesinando a jóvenes. En los primeros tres, luego de ejecutar a las víctimas, los oficiales encubrieron el crimen, plantaron armas y posteriormente brindaron falsos testimonios. En el cuarto no se plantó un arma, pero los oficiales dispararon contra el vehículo policial para hacer creer la versión de un enfrentamiento armado.

En todos los casos, las familias denunciaron sufrir maltrato y violencia tanto por los uniformados enjuiciados como por sus colegas con funciones en el Poder Judicial, al igual que por los mismos jueces integrantes de las distintas cámaras y tribunales.

En dos casos se obtuvo perpetua, en otros dos condenas históricas, pero con penas incoherentes.

En los casos de Blas y Damián, la Justicia los declaró como víctimas de violencia institucional, en los otros dos casos se negó tal declaración.

Solo en el caso Correa se inició una investigación contra las responsabilidades políticas, pero actualmente se encuentra parada.

“Todo esto es parte de la propia idiosincrasia del Poder Judicial”

Consultada sobre la novedosa cantidad de casos de gatillo fácil juzgados en un año, Victoria Sillof, abogada de Isaías Luna, responde que esto se debe a un contexto político y social, donde las organizaciones de familiares vienen ejerciendo permanente presión sobre el poder judicial. Al mismo tiempo, la letrada sostiene que el caso Blas Correa le otorgó mayor fuerza a un reclamo histórico, generando mayor visibilidad en los medios de comunicación y en la sociedad en general.

“Durante años, la Justicia ha ido mutando buscando figuras que beneficiaran siempre a los oficiales. Denuncias por este tipo de asesinatos hay desde hace décadas. Durante muchos años sobreseían -y todavía en algunos casos lo hacen- a los oficiales implicados en gatillo fácil. Pero con el primer juzgamiento de asesinato en contexto de robo, en el caso Lucas Rudzicz en 2018, comienza a cambiar levemente. El mensaje claro para la fuerza era ‘disparen muchacho, no pasa nada, es un negro, es un choro, es un pobre, no interesa. Luego de este caso no pudieron volver a decir eso, a pesar de que lo sigan haciendo, se sentó un precedente, ratificado luego en el caso de Isaías donde la pena también fue una burla. Ahora tienen un protocolo de acción para disparar, pero en muchos casos no lo cumplen”, expres

En este sentido, y analizando las disímiles sentencias en los cuatro casos de gatillo fácil donde hubo procesos judiciales atravesados por dichos y hechos discriminatorios y violentos, Sillof plantea:

Para la defensora de los Derechos Humanos, con los casos Amaya (2017) y Ávila (2020), por ejemplo, el poder judicial comienza a juzgar estos hechos bajo la caratula de homicidio agravado por el uso de arma de fuego, y ya no como legítima defensa ni exceso en la legítima defensa, el detalle es que aquí los jóvenes al igual que Blas y Paredes no estaban en el marco de un robo. Entonces al no encuadrar la legitima defensa y por ende tampoco su exceso queda una opción: homicidio agravado por ser cometido en ejercicio de sus funciones y abusivamente. Si un uniformado no actua en legitima defensa ni en exceso actúa abusivamente. No hay otra opción de calificación por la condición especial que tiene el autor. Condición especialmente prevista en el 80 inc 9. Así a los fines de evitar dicha calificación que acarrea perpetua, se ha omitido valorar a los fines de encuadrar el homicidio, la condición de miembro de la fuerzas y se imputa y acusa como a un civil, fijando el homicidio simple o agravado por uso de arma de fuego. Lo que tiene una pena mayor a la legitima defensa o su exceso pero, no es perpetua.

“Con esta figura del homicidio agravado por uso de armas han juzgado y condenado cuando no hay forma de zafar, ya que es evidente la falta de legítima defensa al no haber una "agresión ilegítima" como un robo, por parte del joven victima, asi las condenas logradas son un par de años y pueden salir con condicional y demás. En muy pocos casos se animan a condenar a perpetua y tiene que ver mucho con el contexto político y social. Sin Blas, no habría perpetua para al menos uno de los oficiales que asesinó a Joaquín”.
En este sentido, y analizando las disímiles sentencias en los cuatro casos de gatillo fácil donde hubo procesos judiciales atravesados por dichos y hechos discriminatorios y violentos, Sillof plantea:

“Es más una cuestión sumamente clasista, incrustada en la cultura y ser de cada juzgador que en una corrupción judicial general. Me parece que los magistrados en sus condenas, no reflejan una corrupción sino que fallan así absolutamente convencidos de lo que están haciendo. Creo analizando estas causas que son sus convicciones, sus ideas, no son personas imparciales, no son seres objetivos, todo lo contrario. Y como cualquier otro ser humano son seres políticos en la mayoría de los casos atravesados por sus prejuiciis machistas, racistas y clasistas, lo que los lleva a inclinar la balanza a favor de los policías. No podemos dejar de analizar que pocas veces un miembro de las fuerzas está en el banquillo de los acusados. El sistema penal en su conjunto esta más habituado a juzgar, encerrar y condenar a esta clase de jóvenes que en estos hechos son las victimas. Eso sin dudas influye. Todo esto es parte de la propia idiosincrasia del Poder Judicial”.

Técnico y profesor en Comunicación Social (UNC). Periodista. Guevarista y peronista.

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