Paola Ortiz fue condenada, en 2012, por "homicidio agravado por el vínculo". El peritaje avisó al tribunal de que "no habían pruebas de que el bebe haya nacido con vida", la perpetua estaba dictada de antes. En 2022, Julia Luna y a Rocío García Garro, de CDD, solicitaron reabrir la causa a través de un Amicus Curiae. Una reconstrucción de una historia contada en mil partes
De mí se dijo de todo. Que fui abandonada, que nadie me quiso, que estuve donde no debía, que lo merezco por mujer, que “yo sabía” lo que estaba haciendo. Se dijo, se dice, me dicen de todo, incluso de que fui “mala madre”. ¿Alguien conoce mi rostro? ¿Alguien del ojo público se acercó a la privación de libertad que es mi vida? ¿Cuántos cautiverios puede pasar una persona antes de ser escuchada?
Hace trece años que estoy presa por un presunto “homicidio agravado por el vínculo”. A la comisaría fui para realizar una denuncia al padre de mis hijos, el oficial que tomó la denuncia terminó por interrogarme. No hice más que contarle lo que había pasado. Fuertes contracciones, no tenía a quién llamar. Estaba sola en lo de mi ex suegro, parí sin querer, la medicina lo denominó “parto en avalancha” (a diferencia del aborto espontáneo, se da pasada la semana 24. El feto está desarrollado. Por lo general sucede por complicaciones producto de las necesidades básicas insatisfechas).
El Poder Judicial dictó la pena sin permitirme un equipo médico o psicológico. Decidieron la sentencia a partir del testimonio del oficial que tomó mis datos, según él “escuchó respirar al bebe”, más nunca asistió a la habitación que me prestaba mi suegro a cambio de “favores sexuales”.Pase del encierro de una pieza, al encierro de una celda. El significante “privación” hecho carne. La justicia tiene causas predeterminadas para mujeres pobres como yo: cadena perpetua por “mala madre”; “multípara”; “mata bebés”.
Quizás porque nunca terminé el primario, porque nací y crecí en la precariedad, porque no tuve la oportunidad de saber que yo también tengo derechos constitucionales que me respaldan, todo es posible, nunca me escucharon. Diez años después un signo de esperanza: redes de contención para un cuerpo violentado por la estructura del sistema patriarcal jurídico-médico-estatal. No soy la única, somos muchas las pobres descartadas por la cultura de la matriz heterocisexual.
Por: Julio Pereyra
Litio estratégico y contención
La descripción es un relato ficticio en primera persona, de Paola Ortiz, mujer de 43 años, de Villa Nueva, provincia de Córdoba. Cursó hasta 3° grado. Está presa por un crimen que las pruebas demuestran que no cometió. Durante el juicio, la Cámara Correccional y del Crimen de Villa María desestimó el informe forense, que decía textual: “no se puede aseverar si existió vida post nacimiento”. El juzgado evitó visualizar las condiciones en las que vivía y avanzó con una sentencia sin perspectiva de género.
Cuando quiso continuar sus estudios, ya en la cárcel de Bouwer, la categoría de “mala madre - mata bebés” se instaló. Desde los guardias, hasta las compañeras de pabellón la violentaron, por lo que tuvo que desistir. Para el sistema los derechos no caen del cielo.
“En el caso hay una serie de violencias de distintos tipos. Toda la responsabilidad estuvo colocada en lo que 'tendría que haber hecho'. La escuela estuvo ausente, el sistema de salud ausente, el poder judicial la criminalizó. Estructuralmente no se tuvo una mirada integral de las desigualdades concretas de su vida, para acompañarla y defenderla. Ahí entraron a jugar un rol importante las organizaciones feministas y de derechos humanos”, comenta la abogada feminista y defensora del caso, Julia Luna.
Cuando la justicia y la medicina intervienen desde lo que el trabajador social, An Millet (2020), definió por “cisexismo”, es decir cuando el modelo hegemónico se basa más sobre la subordinación de patrones culturales, que sobre un análisis de contexto de las condiciones en las que se encuentra la persona acusada de cometer un delito, el derecho puede solicitar unAmicus Curiae (Amigos del Tribunal). El mismo consiste en un tipo de litio estratégico que desde los feminismos utilizan para dar una lectura situada de causas donde el Poder Judicial dictó la pena, sin miramiento de intersecciones entre género, clase y raza.
Una de las primeras en interrogar cómo la justicia ejerce un determinado tipo de régimen heterocisexual (varones con capital económico y simbólico e influencia) que agrava situaciones de desigualdades estructurales (barreras de acceso al ámbito público-privado de salud, educación y trabajo), fue Katherine Bartlett (1989).
Para ella el Amicus Curiae como litigio estratégico feminista permite una discusión abierta “informal”, donde tanto profesionales con algún tipo de expertise (salud, educación, derecho, economía, ergonomía, etc), como así también activistas y personas de a pie, pueden contribuir e informar acerca de cómo el lenguaje técnico del derecho ejerce diferentes tipos de violencias.
Establece tres características como introducción para cualquier interesada/o de problematizar porqué las causas enmarcadas como “delitos complejos” requieren una lectura interseccional (Crenshaw, 1989), teniendo en cuenta las condiciones concretas en las que sucedió el supuesto delito.
El primero es “la pregunta por las exclusiones”: se dirige a identificar y cuestionar elementos de la doctrina legal existente que excluyen o ponen en desventaja a las mujeres junto a otros grupos excluidos.
El segundo es el “razonamiento práctico feminista”: consiste en realizar una revisión de la causa a través de la rejilla (parafraseando a Butler) o del prisma de los lentes (An Millet) de lo que la experiencia, transformada en conocimiento, permite dar cuenta de los sesgos de género y de clase que puede tener el Poder Judicial, para situaciones de extrema vulnerabilidad como en el caso presente.
“El razonamiento práctico aborda esos problemas no como conflictos dicotomizados sino como dilemas con múltiples perspectivas, contradicciones e inconsistencias”, describe Bartlett (1989).
Tercero y último, la “concientización”: una vez realizada la revisión desde un abordaje multidisciplinario, de complejizar la causa al analizar el contexto, llega el momento de hacer pública la causa con el objetivo de mediatizar una problemática que, aunque poco frecuente, es un síntoma de la estructura patriarcal.
“Entre los fundamentos de esas normas, se consideraba que los amicus son ‘un provechoso instrumento destinado, entre otros objetivos, a permitir la participación ciudadana en la administración de justicia’, y quedaba allí plasmado también que ellos son un instrumento para mejorar la calidad de las decisiones pues amplían con sus aportes, los argumentos y perspectivas que el tribunal debe considerar al resolver los casos”, refiere la profesora de Derecho Constitucional, Jimena Saénz.
Julia Luna, abogada feminista, defensora de Paola Ortiz
El Amicus Curiae, en el caso de Paola, fue porque desde el colectivo transfeminista “Católicas por el Derecho a Decidir” venían recopilando, en 2022, una serie de causas enmarcadas dentro de los “delitos complejos”. Julia Luna y Rocío García Garro (también abogada) se enteran de que en el pabellón de “malas madres”, estaba alojada una mujer acusada por “homicidio agravado por el vínculo”.
“A ella se la acusa de haber dejado morir, de haber omitido información, ¿cómo lo comprueban? diciendo que “ocultó el embarazo” (presunción de intento de homicidio) y que “no cortó el cordón umbilical” (presunción de intención homicida). Son presunciones, prejuicios. No da cuenta de la intención de matar, se las acomodó en el proceso para darle fuerza a una prueba que a ciencia cierta está comprobado que no fue así”, refiere Julia.
La defensa infiere que el sesgo del Poder Judicial y del sistema de salud está ligado, en ambos casos, a que las estructuras del poder patriarcal no velan por los derechos de la mujer, sino del “niño por nacer” y por lo tanto, al rol materno. Sin embargo, ¿por el simple hecho de que el órgano sexual reproductivo “feminino” está preparado para poder parir, significa que una mujer debe saber lo que ello significa?
En la sentencia se la declaró “multípara”, un eufemismo para decir que por haber tenido hijos en otras oportunidades “sabía cómo parir”. Empero el análisis de contexto refiere a que el único soporte que tuvo durante un tiempo fue su suegra -figura materna, según lo descrito en la historia clínica-, quien la acompañaba a los chequeos. Previo a la llegada de Católicas por el Derecho a Decidir, Paola quedó en una especie de limbo, entre un cuerpo significado por múltiples violencias y una época dónde los derechos sexuales reproductivos estaban velados.
“Ahí el Estado tiene una responsabilidad y un rol de acompañar a las vidas más vulnerables en sus distintas esferas, por eso hablamos de la ESI y el rol del sistema de salud en este tipo de casos. En Belén (mujer de 25 años, de Tucumán, acusada de “homicidio doblemente agravado”, en 2014, por tener un aborto espontáneo en un hospital público) fue el hospital quien violó el secreto profesional; en Paola fue el sistema judicial fue quien actuó con negligencia por falta de pruebas y por una defensa deficiente”, sentencia Julia.
Por: Julio Pereyra
Violencia obstétrica y salud sexual reproductiva
Un complemento al litigio estratégico feminista que llevaron a cabo Julia y Rocío junto al colectivo de Católicas por el Derecho a Decidir fue que de la recopilación de experiencias similares, se pudo producir, dada la metodología de las narrativas, lo que Donna Haraway (1990) definió como “conocimiento situado”, es decir, la experiencia del movimiento feminista sobre situaciones donde la subordinación de la cultura machista oprime hasta la abyección.
Si la matriz heterocisexual produce subjetividades (Millet), éstas arrastran consigo un patrón de normas que delimitan quienes sí y a quienes no pueden acceder a derechos, según la clase, el género y la descendencia. Entre esos grises de la zona del ser y del no ser que describe Frantz Fanon, la ley hace su aparición para marcar la diferencia y de ser necesario, la segregación.
“En el caso de Paola fue el discurso de la maternidad de no haber “actuado de determinada manera, en cierta situación”. Cuántas exigencias en materia de derechos sexuales reproductivos se les exigen a las mujeres. Son episodios que tienen que ver con la salud, donde se cuelan los prejuicios que inciden en las decisiones judiciales”, comenta la abogada.
Que el caso se declare como “complejo” es porque envuelve un entramado de circunstancias en donde el sistema de salud, la justicia y el Estado están sumamente influenciados por la cultura patriarcal. Si tenemos en cuenta que esto fue en 2012-2013, trece años atrás, la Interrupción Voluntaria del Embarazo era ilegal, en tanto, la Interrupción Legal del Embarazo se podía practicar como último recurso con respaldo jurídico, ante hechos de violación comprobada. Empero, en Córdoba, el Portal de Belén presentó un amparo legal justificado por el “derecho del niño por nacer” que dejó en suspenso la ILE hasta el 2019.
La judicialización y persecución resultaba en que quienes decidían abortar, lo hicieran en condiciones insalubres, inseguras y clandestinas. Según datos estimados por el Ministerio de Salud de la Nación en 2005, por año había entre 370 mil y 520 mil abortos clandestinos. A su vez, el 38% de quienes gestaron de manera forzada, en su mayoría adolescentes, no terminaron el secundario.
En el caso de Paola la estructura precaria que rodeaba su historia afectó de manera directa en su salud integral, al punto de ser la excepción a la regla para el propio sistema de salud que, si ya de por sí demanda una confidencialidad a quienes acuden a parir al hospital, cuando el hacinamiento y la pobreza limitan el acceso, termina por judicializar un proceso que requiere una atención médica y hasta psicológica por el trauma que puede representar la pérdida.
Según Francisco Saéz Samora (abogado), el 99% de los nacimientos y muertes de neonatos suceden en hospitales públicos -por motivos de muestreo siempre se deja el 1% para casos considerados “especiales, anómalos”-. La experiencia de Paola ingresa dentro de esta “anomalía”. Si el sistema jurídico penal se divide entre victimario y víctima, el sistema de salud lo hace entre los sanos y los enfermos; entre normales y patológicos.
“Esto se traduce a la práctica médica. Cuando una embarazada ha practicado un aborto, es común que surja una condena a su actuar por parte del personal de salud, pues para el modelo médico hegemónico no es lógico que la mujer pueda desempeñar otro rol que el de objeto, cuya finalidad es la procreación”, continúa el abogado.
En resumen, si se considera el análisis de contexto de que trece años atrás, tanto la ILE, como la IVE eran consideradas ilegales en Córdoba, se podría inferir que desde el punto de vista médico no hubo violencia obstétrica, en tanto el parto en avalancha no sucedió en un hospital, sino que fue “extrahospitalario”. Asimismo, el Poder Judicial consideró que fue efectivamente un delito, ya que “lo dejó morir”, aunque se sostengan desde la “presunción” al no contar con pruebas. Sin embargo, los peritajes que desmienten los hechos sobran, motivos para creerle, no.
“¿Qué sabemos de cómo son los partos? ¿Qué implicancias tienen? ¿Son todos los partos iguales? De eso no se pregunta el fiscal porque tiene un desconocimiento absoluto de lo que es parir. Son cuestiones que se naturalizan, de que por ser mujer “sabemos cómo parir”. Hay embarazos donde las mujeres ni se enteran, partos en emergencia, se dan situaciones infinitas de riesgo, emergencia y violencia obstétrica. Ahí también se cuela el discurso de que ‘tenemos un cuerpo diseñado para ser madres’. Hoy es una decisión”, sentencia Julia.
Archivo Enfant Terrible
El último orejón del tarro: el pabellón de “malas madres”
Cuando Julia Luna y Rocío García Garro conocen a Paola, en 2022, ella transitaba su décimo año de prisión. De Villa María, la trasladaron a Bouwer por los ataques que recibía. Fue derivada al pabellón de “malas madres” (allí son enviadas quienes fueron declaradas como “infanticidas”) y, si bien la Comisión Interamericana de Derechos Humanos solicitó expresamente que se resguarden cuidados mínimos, las condiciones en las que viven son inhumanas, por lo que le valió un llamado de atención, en agosto de 2025, a las autoridades cordobesas.
Las estadísticas oficiales confirman el diagnóstico. Al 31 de diciembre de 2024, Córdoba alojaba a 14.674 personas en unidades con capacidad para 12.952, una sobreocupación del 113,3%. Del total, 628 son mujeres. Para el 30 de junio de 2025, el Tribunal Superior de Justicia registró 15.590 detenidos, de los cuales 66% tienen condena y 34% estaban procesados sin sentencia.
Las condiciones: celdas de 3x2 donde residen hasta 6 personas, el cableado de luz al descubierto, un inodoro, una ducha y una cocina con una pava y dos hornallas, para más de 100 personas. Las celdas no cuentan con ventiladores y no permiten que los familiares ingresen cortinas. El año pasado atravesaron el invierno sin agua caliente. También afrontan interrupciones arbitrarias de tratamientos médicos impidiéndoles la constancia.
“La situación de las mujeres en contexto de encierro es terrible. En estos contextos de crisis son la última esfera que el Estado considera. En diciembre del año pasado dos chicas murieron prendidas fuego en Bouwer, durante un motín por falta de agua. Esto afectó sobremanera la salud mental de las presas”, denuncia Julia.
En la nota realizada por Florencia Tamagnoen 2023, para Enfant, se problematizaron las condiciones de vida paupérrimas a las que son sometidas las reclusas en Bouwer. La mayoría tienen causas por “narcomenudeo” -venta de sustancias ilícitas-. A su vez, el número de mujeres procesadas es de alrededor del 80%, ¿esto de qué nos habla? Que también para esto quedan para el último.
“Por eso podemos hablar de una doble condena: la primera, ser pobre; la segunda, ser mujer. La sociedad tiende a percibir a las mujeres presas como desviadas, malas madres o moralmente corruptas, lo que resulta en penas más severas o en la negación de la empatía y la comprensión de sus circunstancias”, describe la autora.
Por: Julio Pereyra
Un signo de esperanza
Desde el juicio y criminalización por el “parto en avalancha en el ámbito extrahospitalario” que sufrió Paola Ortiz, en 2012, el movimiento de los feminismos logró hacer mella en la agenda política y pública, llegando al hito del voto afirmativo de las 2/3, en el Congreso, de la Interrupción Voluntaria del Embarazo (Ley 27.610/2020).
Las campañas de salud sexual y reproductiva que impulsaron socorristas durante todo el periodo de discusión por la creación de políticas públicas de promoción y prevención en salud para personas gestantes que querían interrumpir su embarazo, hasta la sanción de la ley en 2020, redujo en un 60% las muertes ocasionadas por abortos clandestinos y en un 50% los embarazos no deseados durante la adolescencia.
Gracias a las organizaciones transfeministas, significantes como “aborto legal en el hospital” comenzaron a circular en las conversaciones en mesas familiares, en universidades, hasta llegar al Congreso. Su contracara “la defensa del niño por nacer” fue sostenida por organizaciones civiles relacionadas al Opus Dei como la Cooperativa Para la Nutrición Infantil (CONIN) -a cargo del médico Abel Albino- o el Portal de Belén, a través de abogados como Rodrigo Agrelo, actual legislador cordobés, sectores que hoy se encuentran en íntima relación con el Gobierno Nacional.
No hay pruebas fehacientes de que quienes abogan por “salvar las dos vidas” contribuyeron en la defensa de los derechos humanos; los feminismos y transfeminismos, sí. El activismo generó una red de redes en donde el conocimiento, los afectos y la contención terminaron por crear leyes y políticas públicas, principalmente para personas con condiciones concretas de existencia precarias.
“Cuando conocimos a Paola, con Rocío, en el 2022, le sembramos una esperanza y una ilusión de que íbamos a intentar sacarla de ahí. Ser eco de su voz por las injusticias que vivió por parte del poder judicial que negó, omitió y silenció lo que le pasó”, comenta Julia.
Un abordaje integral para una “causa compleja” podría ser la síntesis del encuentro entre Paola y el colectivo de Católicas por el Derecho a Decidir. Sembrar una esperanza, para que, mínimamente, pueda gozar de principios básicos universales que debiera de tener acceso todo sujeto: educación, salud, trabajo y respeto.
“Desde ese lugar fue fuerte sembrarle una ilusión. Hoy se aferra a ella para poder seguir adelante”, concluye Julia.
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