Luego de siete años, mañana se dará lectura al fallo del Tribunal Superior de Justicia (TSJ), en el que se decidirá sobre la constitucionalidad del protocolo que fija el procedimiento de la práctica del aborto no punible. Se convoca Pañuelazo a las 12 horas en Tribunales I Caseros 551
Fotografía Andrea Nicolini
A casi un siglo de que los casos de aborto no punible estén contemplados en el Código Penal y a siete años del fallo F.A.L. las mujeres y los cuerpos gestantes de Córdoba no tienen acceso al derecho del aborto.¿Por qué? Por el recurso de amparo de la ONG antiderechos“El Portal de Belén”, una asociación civil que hace más de dos décadas vela en contra de las políticas de salud sexual y reproductivas.
En marzo de 2012, la Corte Suprema de Justicia de la Nación estableció, a través del fallo sobre el caso F.A..L, que toda mujer cuyo embarazo es producto de una violación, puede acceder en forma legal a un aborto con una declaración jurada y sin autorización judicial ni denuncia previa. Con este fallo, la Corté zanjó la interpretación restrictiva del artículo 86 del Código Penal, que lo limitaba a cuando el embarazo pone en riesgo la vida o la salud de la mujer y a la violación de discapacitadas mentales.
El mismo dictamen instaba a las autoridades nacionales, provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a implementar protocolos hospitalarios para garantizar el acceso al aborto no punible. Ese mismo mes, el Ministerio de Salud de la Provincia de Córdoba elaboró la “Guía de procedimiento para la atención de pacientes que soliciten prácticas de aborto no punible” en consonancia con el fallo F.A.L. A los diez días, el Portal de Belén interpuso un recurso de amparo contra el Ministerio que frenó la aplicación del protocolo.
En 2013, la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Tercera Nominación de Córdoba declaró por unanimidad la inconstitucional del protocolo, y desde entonces, el caso estuvo en manos del Tribunal Superior de Justicia de la provincia. A principios de este año, se había anunciado que el TSJ se pronunciaría finalmente sobre la aplicación de la Guía, pero El Portal de Belén interpuso otro recurso de amparo cuestionando la integración del Tribunal, lo que llevó a que la resolución sea nuevamente postergada.
El pasado 9 de noviembre, el TSJ rechazó los planteos que había efectuado la asociación Portal de Belén y confirmó que la sentencia definitiva será dictada por los vocales “naturales” del cuerpo. Es así que luego de siete años de que el portal antiderechos, en complicidad con funcionarios judiciales y catedráticos, vulnere y desconozca los derechos de las mujeres y cuerpos gestantes, mañana se hará lectura del fallo que determinará la constitucionalidad del protocolo. Se convoca a la marea verde a Tribunales I (Caseros 551-12 horas). Ojalá mañana el TSJ empiece a pensar en Belén y deje del otro lado del portal al medioevo.
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