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La Legislatura aprobó un nuevo Procedimiento Penal Juvenil para Córdoba
En el marco del debate por la baja de la edad de imputabilidad que se da en el Congreso de la Nación, el pasado miércoles la Legislatura Unicameral aprobó un proyecto de Ley de Procedimiento Penal Juvenil presentado por el oficialismo provincial
El pasado miércoles, la Legislatura de Córdoba aprobó modificaciones en la regulación de los delitos cometidos por niñeces y adolescencias, a través de la sanción de la Ley de Procedimiento Penal Juvenil de la Provincia y la reforma en diversos artículos de la Ley 9.944, de Promoción y Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.
Las propuestas fueron presentadas por los legisladores oficialistas Miguel Siciliano, Julieta Rinaldi y Victoria Busso, con el argumento de aportar "claridad" a los poderes Ejecutivo y Judicial en cuanto a las medidas que puedan adoptar respecto a los jóvenes no punibles que cometen delitos de mayor gravedad -como homicidios-, a través de un código de procedimiento penal juvenil.
La aprobación de ambas iniciativas, que contó con los votos a favor de la mayoría de la oposición, salvo de Luciana Echevarría (Izquierda) y Federico Alesandri (Creo en Córdoba), se dio en un contexto de debate por la baja de edad de imputabilidad en el Congreso Nacional, profundizado en las últimas semanas en los medios de comunicación por distintos delitos cometidos por menores de edad, en momento de creciente inseguridad general.
Foto: Legislatura de Córdoba
“Eso que la Legislatura aprobó es lo que hoy justamente se está discutiendo en la Nación. Mientras la discusión de baja de la edad de imputabilidad se da en el Congreso Nacional, también tenemos que dar la discusión en Córdoba”, expresó Siciliano en la sesión pasada. El jefe de bloque de Hacemos Unidos por Córdoba (HUC) agregó que “la problemática de menores en conflicto con la Ley Penal, tiene varias aristas” y la baja de edad de imputabilidad es “una de ellas”.
Desde el oficialismo sostienen que avanzar en un Procedimiento Penal Juvenil concreto, es ir más allá del debate de la baja de edad de imputabilidad, que impulsan sobre todo Patricia Bullrich y Mariano Cúneo Libarona desde Nación. A su vez, este último tiene varios limitantes, desde la arbitrariedad de definir un número (la edad); plantear otras alternativas a la penalización y el castigo, ya que se trata ni más ni menos que de niños y jóvenes; el estado paupérrimo de los establecimientos penitenciarios y el nulo presupuesto que se destina a mejorarlos o crear nuevos, entre otras.
Los principales puntos del Procedimiento Penal Juvenil
En letra de la Ley de Procedimiento Penal Juvenil, se destacan los principales puntos del mismo:
La diferencia en el “tratamiento a dar a menores punibles y no punibles”; se crea la figura de “resguardo institucional excepcional” para adolescentes no punibles, que sería aplicable “solo en casos estrictamente necesarios y bajo las garantías del debido proceso”; buscar implementar “medidas progresivas para la reintegración social”; se crea una “una Mesa de Seguimiento y Control de las Políticas Públicas, conformada por miembros de los distintos poderes del Estado, universidades y organizaciones de la sociedad civil”, que “monitoree la aplicación de la ley y proponer mejoras en la implementación de las medidas socioeducativas”.
Asimismo, contempla, “el acompañamiento comunitario de los menores de parte del Estado; procesos de mediación; atención temprana; supervisión en territorio y libertad asistida; medidas socioeducativas no privativas de la libertad y resguardo institucional (en establecimientos que garanticen la tutela); detención domiciliaria de manera excepcional (por razones médicas o situaciones que motiven al cuidado parental)”, entre otras.
De la letra a los hechos
Las últimas estadísticas dadas a conocer por parte del Poder Judicial de Córdoba, sí reflejan un notable incremento de jóvenes en conflicto con la Ley Penal, habiendo cometido la mayoría de ellos delitos contra la propiedad, en segundo lugar, otro tanto se corresponde a delitos contra las personas y en tercer lugar, delitos contra la integridad sexual. A su vez, la mayoría de las edades de quienes cometen estos delitos rondan entre los 16 y 17 años, en menor medida entre 15 y 14, mientras que menos del doble son menores de 14. Mientras que en cuanto al género, en general son varones.
Las estadísticas nombradas, sirven para entender en qué marco se insertarían las políticas que se pretenden aplicar con la reforma aprobada.
Por otro lado, también hay que tener en cuenta cuáles son los establecimientos que se destinarían para realizar un adecuado -resguardo institucional-, ya que si bien en la letra se busca “respetar los derechos de niñas, niños y adolescentes”, lo cierto es que en Córdoba establecimientos como el Complejo Esperanza de la Senaf, son conocidos por estar desbordados, su personal precarizado y sin herramientas suficientes para atender la complejidad que implica el proceso de acompañamiento.
Habrá que ver cómo se implementará en la práctica el nuevo procedimiento -por ejemplo, a través de la conformación de la llamada Mesa de Seguimiento y Control de las Políticas Públicas. Y si de lo contrario, ante la insuficiente infraestructura con que cuenta el Estado provincial, no quedará en la letra muerta de la ley, en que las instituciones como el Complejo Esperanza seguirán como la antesala de ingreso al sistema penitenciario para los jóvenes.
De todas maneras, el oficialismo provincial se adelanta en este debate al inicio del año electoral, a la vez que, por la crisis, niñas, niños y adolescentes, conviven cada vez más con un contexto de violencia social, consumos nocivos y un Estado que se retira en sus funciones más básicas como la educación y la alimentación, mientras se refuerza la criminalización desde la vetusta doctrina «cárcel o bala».
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