María Esther Romero la madre de Erica Soriano. Fotografía Fabián Marelli
El 20 de agosto de 2010 fue la última vez que se vio con vida a Erica. Estaba embarazada de dos meses, y ese mismo día realizó una visita al obstetra del Sanatorio Mater Dei, en Palermo junto a su pareja Daniel Lagostena.
La última vez que sus familiares y amigos tuvieron contacto conÉrica fue ese mismo viernes por la noche. La pareja había vuelto a su casa en Lanús, cuando mantuvo una conversación telefónica con una amiga, en la que queda registrada la discusión que estaba teniendo con Daniel y es el último registro de ella con vida. Al otro día, el sábado 21, había quedado con su familia en ir a almorzar a su casa para ver a su hija, Florencia que había dejado de vivir con ella porque no quería convivir con la pareja de su madre. Desde ese momento, Daniel quedo bajo sospecha por “privación Ilegítima de la libertad seguida de muerte”.
Lagostena había asegurado que Erica se había ido de su casa el sábado a la mañana por su cuenta. Sin embargo, los primeros rastrillajes encontraron en la casa la ropa con la que supuestamente se había ido, como así también la cartera con todos sus documentos. A casi dos años de su desaparición, el 30 de mayo de 2012, Daniel Lagostena quedo detenido tras probarse que la última señal de vida de Erica había sido en su domicilio, pero volvió a las calles en diciembre, por falta de pruebas.
El juicio
El 4 de junio inició el juicio oral en Lomas de Zamora, en el que declararon más de 40 testigos. La defensa de Lagostena, hizo hincapié en su inocencia y pidió que se lo absuelva por el beneficio de la duda, ya que no hay cuerpo del delito. Por otro lado, la querella no encontró ningún rastro que indique que Érica haya salido con vida de la casa que compartía con Lagostena. Según la investigación iniciada por la fiscalía, luego de matarla, habría cremado el cuerpo en una funeraria de Lanús.
Esta mañana, el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) N°9 de Lomas de Zamora determinó que Daniel Lagostena es culpable del “homicidio en concurso ideal con aborto en contexto de violencia de género” de Érica Soriano. Los argumentos de la condena y la totalidad de la pena se conocerán en profundidad el viernes.
Justicia Patriarcal
Como la ley no es retroactiva, la justicia no puede condenar con el agravante por la relación de pareja, ni con la caratula legal de femicidio. Mientras Nahir Galarza fue condenada a perpetua, el pasado 3 de julio por “homicidio calificado por relación de pareja”, Lagostena sólo sera condenado por “homicidio simple”. La pena mayor que puede llegar a recibir por la caratula de “homicidio simple en concurso ideal con aborto en contexto de violencia de género”, es de 25 años.
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