Luego de que el sindicato Luz y Fuerza de Córdoba presentara un recurso de amparo a principios de marzo, la Cámara en lo Contencioso Administrativa de Córdoba emitió un fallo que condujo la responsabilidad hacia el Tribunal Superior de Justicia (TSJ), para que este decida finalmente sobre el conflicto que se reabrió este año, entre el gremio y la gestión del gobernador, Martín Llaryora, por el intento de reconversión de la empresa energética estatal en Sociedad Anonimia.
El fallo de la Cámara, emitido el pasado martes 25 de este mes, resuelve dar lugar al pedido del sindicato para que se declare la inconstitucionalidad del proyecto: “en ejercicio de las atribuciones jurisdiccionales de dirección y orden del proceso, procede recalificar la acción deducida, al considerar que la pretensión objeto de la acción puede ser reconducida por la vía de la acción declarativa de inconstitucionalidad – art. 165 inc. 1°, ap. “a” de la Constitución Provincial”.
En concreto, Luz y Fuerza de Córdoba había solicitado la inconstitucionalidad de los artículos 33 y 34 de la ley provincial 11.015 (modificaciones al Código Tributario, decreto promulgatorio 379/2024), como así también del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/23 sobre el que se fundan los artículos de la mencionada normativa.
Además, en el mismo fallo se reconoce que “no puede soslayarse la trascendencia del servicio público de energía eléctrica y el impacto que cualquier modificación en su estructura puede generar tanto en la comunidad usuaria como en los trabajadores, y por ello, resulta indispensable reconocer la dimensión social e institucional del conflicto planteado”. Este apartado fue visto como positivo por parte de integrantes de la conducción.
En otro párrafo, la Cámara exhorta al Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos de Provincia de Córdoba (en el cual está contemplada la empresa), al directorio de la EPEC y al Sindicato de Luz y Fuerza, es decir, a las partes involucradas, a “entablar instancias de diálogo constructivo y cooperación mutua, que permitan encauzar las diferencias dentro de un marco de respeto institucional, con miras a preservar la continuidad, calidad y accesibilidad del servicio, y resguardar los derechos laborales en juego”.
Foto de portada: Julio Pereyra / Enfant Terrible