Se cumplieron 9 años de la Ley de Identidad de Género

En mayo de 2012 tuvo lugar la aprobación de una ley pionera y que significó un logro inmenso para el colectivo LGTTTBIQ+: la Ley de Identidad de Género. Luego de la lucha incansable de activistas y militantes travestis y trans, con 55 votos afirmativos en el Senado, la sociedad se convertía un poco más justa. La ley reconoce el derecho a cambiar de nombre en el DNI acorde a la identidad de género y el acceso a tratamientos de salud para quien requiera llevar adelante modificaciones en su cuerpo.

La aprobación de la ley permitió la ampliación de derechos para muchísimas personas, que hasta ese momento carecían de reconocimiento de ciudadanía plena por parte del Estado. Ya son 9450 personas en todo el territorio que rectificaron su identidad desde aquel mayo de 2012. Tal como lo testimonian sus protagonistas, el acceso a la Ley de Identidad de Género, que representa un derecho humano fundamental, abrió la puerta para conseguir otros: educación, salud, trabajo.

Foto: Télam

Varios elementos que contempla la ley hacen que sea pionera mundialmente. Por un lado, se centró en el reconocimiento de la autopercepción del género, entendiéndola como un derecho humano.

“La autopercepción fue un tema que tuvo un debate muy circunscripto, porque iba de la mano de una noción de Estado”

Dijo Alba Rueda en una nota para Agencia Presentes. En este sentido, es la única que no exige diagnósticos médicos y psiquiátricos, y tampoco exige operaciones de cambio de sexo para acreditar la identidad. En ese marco, la ley estipula:

"Se entiende por identidad de género a la vivencia interna e individual del género tal como cada persona la siente, la cual puede corresponder o no con el sexo asignado al momento del nacimiento, incluyendo la vivencia personal del cuerpo. Esto puede involucrar la modificación de la apariencia o la función corporal a través de medios farmacológicos, quirúrgicos o de otra índole, siempre que ello sea libremente escogido. También incluye otras expresiones de género, como la vestimenta, el modo de hablar y los modales."

Por otro lado, no requiere de trámites judiciales o administrativos. Toda persona que quisiera acceder a este derecho únicamente debe recurrir a una oficina del Registro Nacional de las Personas (ReNaPer). La ley contempla que lxs menores de edad también pueden acceder a este derecho por medio de sus representantes legales y certificando su pleno consentimiento, y si su deseo llegase a ser negado, la ley garantiza:

"Cuando por cualquier causa se niegue o sea imposible obtener el consentimiento de alguno/a de los/as representantes legales del menor de edad, se podrá recurrir a la vía sumarísima para que los/as jueces/ zas correspondientes resuelvan, teniendo en cuenta los principios de capacidad progresiva e interés superior del niño/a de acuerdo con lo estipulado en la Convención sobre los Derechos del Niño y en la Ley 26.061 de protección integral de los derechos de niñas, niños y adolescentes."

Y otro aspecto fundamental de la ley es que garantiza el acceso a los tratamientos médicos (operaciones quirúrgicas, hormonización, etc) que soliciten quienes deseen realizar cambios en su cuerpo.

Sin dudas que la aprobación de esta ley fue producto de la incansable lucha de activistas y militantes del colectivo travesti y trans, que durante muchos años construyeron puentes entre la sociedad para exigir sus derechos y participar activamente de la discusión. La ley no sólo contempló derechos vulnerados históricamente a la población trans y travesti, sino que fue el hecho que impulsó cambios culturales y simbólicos importantísimos para construir una sociedad más justa y democrática. De hecho, algo de esto pudo apreciarse en el informe televisivo del programa Sobredosis de TV del que participó Florencia de la V, en el que abordaron los cambios producidos en la escena mediática para y con las personas travestis y trans.

Sin embargo, hay muchas cosas que aún no han cambiado, y es urgente modificarlas. A pesar de conseguir la sanción de una ley histórica, la población travesti y trans es una de las más vulneradas y excluidas del acceso a los derechos básicos: salud, trabajo formal, educación, etc; lo que produce condiciones de vida muy precarias y en las que se desarrollan sistemáticas violencias y agresiones. De hecho, más allá de haber sido aprobada hace 9 años, la expectativa de vida sigue siendo entre 35 y 40 años.

A 9 años de la aprobación de la Ley de Identidad de Género, debemos seguir exigiendo la aparición con vida de Tehuel de La Torre, un joven trans de 22 años desaparecido desde el 11 de marzo. La desaparición de Tehuel es una de las pruebas más claras de la falta de condiciones seguras para acceder a trabajos formales, ya que desapareció luego de asistir a una supuesta entrevista laboral, y aún no sabemos dónde está.

Somos el equipo de redacción de Enfant Terrible: el resultado de millones de años de evolución aglutinados en este irreverente existir.

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